jueves, 8 de mayo de 2014

Pin24h: ¿Realmente merece la pena?

Buenas en este post vamos a tratar el tema del pin24h, que no es más que otra forma de autentificación en la Agencia Tributaria, esta vez orientada a profesionales y demás personas físicas –gente como tú y yo, es decir, no empresas– no obligadas a usar el certificado digital. En un anterior post El Certificado DigitalProblemas y Soluciones se trató el tema de cómo conseguir el certificado digital, tanto para personas físicas como para personas jurídicas –el proceso para empresas además requería obtener un certificado que acredite quien es el administrador de la empresa yendo al Registro Mercantil de donde estuviera el domicilio social de la empresa o por la web de registradores.org–.

Recordemos que para personas físicas  la obtención del certificado digital era muy simple: 
  1. Ir a la página de Ceres  y pulsar en Obtener Certificado de Software. Sólo has de introducir tu dni y obtener un código –que no caduca a menos que formatees el ordenador-.
  2. Ir a una oficina de Registro o de Hacienda a firmar la emisión del certificado en los siguientes 10 días máximo.
  3.  A las 24 horas descargarlo en tu navegador poniendo de nuevo tu dni y el mismo código.

Recomiendo la opción de Certificado Software entre las disponibles si no tienes ningún lector de tarjetas. Aunque lo que se genere sea un archivo fácilmente exportable y clonable, si está protegido con contraseña y lo guardas en un lugar seguro no habrá problemas. La extensión del fichero ha de ser siempre .pfx que poder firmat y exportar la clave privada.


Por el otro lado, el Pin24h ha surgido como una alternativa de autentificarse en Hacienda. Por ahora no está disponible para todas las opciones de la Sede Electrónica de la página web de la Agencia Tributaria  y tampoco permite consultar notificaciones telemáticas. La única ventaja es que muchos profesionales han recibido una carta de alta al servicio del Pin24h y que con ese código no hace falta que se desplacen a Hacienda a pedir el acceso al servicio. 
El proceso para pedir el pin24h es similar al de solicitud del certificado digital pero con algunas diferencias: 
  1. Si ejerces una actividad profesional posiblemente ya has recibido la carta de invitación al servicio. Si no la has recibido puedes solicitarla yendo a Hacienda o mediante el siguiente enlace.  
  2. Si ya tienes la carta de invitación pues has de introducir el código que viene en ella y una cuenta bancaria de tu titularidad para registrarse en el servicio. Y este es un punto que a mucha gente no le hace mucha gracia: el dar una cuenta bancaria a Hacienda.
  3. Una ver dado de alta pues puedes solicitar un código que caducará a las 24h –a las 2 de la mañana- y te permitirá realizar los trámites en los se admita autentificación utilizando el pin24h.
Como ya he comentado para empresas el pin24h no tiene sentido por el hecho que están obligadas a usar el certificado digital. Para personas que no ejercen ninguna actividad pues puede tener su gracia, pero con el certificado digital ya vale. Si como muchos pensamos que en los próximos meses ya no se va a poder generar predeclaraciones de IVA en pdf para presentar en papel –que aún se puede, lo que ya no se puede es rellanarlas a mano o usando un pdf editable- pues creo que el certificado digital es la mejor opción para todas las personas afectadas por el futuro cambio en la presentación de impuestos.


Además, y aquí viene lo bueno, con el certificado digital además podrás acceder al portal de la Seguridad Social y, si eres profesional podrás utilizar servicios como el alta/baja de autónomos online, consultar tus deudas; o, si tienes trabajadores a cargo el poder pedir una Cuenta de Cotización o consultar, asignar o rescindir las personas o la gestoría que gestiona  en el sistema red tu Código de Cuenta de Cotización (en pocas palabras quien está autorizado a presentar a través del Sistema Red las altas/bajas de trabajadores o los TCs). Como ves hay muchas opciones antes sólo disponibles con el certificado SILCON. Ya seas autónomo, con o sin trabajadores a cargo, el alta o baja de autónomo te puede interesar; o si los tienes y quieres controlar quien te hace las gestiones en el Sistema Red. Quiero recordar además que si tienes trabajadores necesitarás el certificado SILCON para presentar los TCs a través del RED Directo/RED, pero usando el certificado digital y el certificado SILCON podrás hacer infinidad de gestiones sin moverte de casa y todo unificado.
Por último voy explicar el proceso de alta de autónomo en Seguridad Social de forma online y así repasamos el uso del certificado digital en la Seguridad Social. Recomiendo usar Firefox o Chrome como navegador para una navegación más fácil.
1. Las primeras pantallas son datos de información. 
2. Esta pantalla te permite cambiar los datos de tu domicilio fiscal.


3. Puedes seleccionar el tipo de autónomo: no es lo mismo el alta de autónomo de un agricultor que el de un dentista.
4. Como vemos ahora entre hacienda y Seguridad Social cruzan datos y si no tienes presantada el alta de actividad y de obligaciones modelo 036 o modelo 037 no podrás continuar con la presentación del alta de autónomo.

5. Has de seleccionar el epígrafe de tu actividad económica a efectos de Seguridad Social en la lista. No es el mismo que el epígrafe de Hacienda. Consulta a tu gestor o contable las equivalencias. Además se ha de seleccionar la mutua de contingencias comunes, accidentes profesionales y cese de actividad -lo último es eso que dicen que existe pero que nadie cobra-.

6. Bases de cotización. Como mínimo la mínima.


7. Bonificaciones incluidas las nuevas que han aparecido: podrás acceder a ellas si no has ejercido actividad en los últimos 5 años.
8. Móvil para notificaciones y cuenta para domiciliar los autónomos. Y si has usado Chrome como navegador podrás ver un pdf con los datos alta y si no se puede pedir en la página principal.
Para el enlace de la baja de autónomo el proceso es exactamente el mismo, pero sólo has de confirmar tus datos de baja y presentar. No has de entrar información nueva excepto la fecha de baja que será la de presentación, por defecto.

Como vemos con el certificado digital las opciones son infinitas y si añades el certificado SILCON podrás acceder al RED Directo o al RED si tienes más de 15 trabajadores, para presentar las comunicaciones y los boletines de cotización a la Seguridad Social de tus trabajadores.

18 comentarios:

  1. Muy interesante el post. Voy a darme de baja de autonomo, soy administradora de una sl, y dejamos la empresa inactiva. Tengo una duda si me doy de baja el día 30 de mayo, el mes de junio ya no pagare autonomos no?
    Gracias y saludos

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    1. Hola es correcto, si se presenta el TA521/5 de baja con fecha 31/05, junto con el 036 de inactividad en Hacienda, en la seguridad social -como máximo hasta 2 días hábiles después de la fecha de baja-, el recibo de junio ya no lo cobrarán.
      Saludos,
      Saludos,

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    2. Yo tengo un certificado digital y el problema es que me entró virus en el ordenador y lo formatee.
      He querido instalar de nuevo el certificado digital a través del pen drive donde lo guardé pero me pide la contraseña y ya no se que hacer porque no la recuerdo.

      Favor ayudarme ya que me he desplazado de ciudad y necesito recibir todas las notificaciones de HACIENDA Y MINISTERIO DEL INTERIOR, ENTRE OTROS.

      Gracias,

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    3. Hola, el tema de recuperar un contraseña perdida es complicado ya que no ha forma fácil de desencriptarla ya que el certificado es como una llave que sólo funciona con la contraseña adecuada y no está guardada dentro del archivo.
      Opciones que tienes: mira a ver si el ordenador donde lo descargaste aún no está formateado ya que con el mismo código de solicitud y el mismo ordenador lo podrías descargar sin problemas.
      Otra cosa es mirar si la contraseña te la pide cuando importas desde Chrome, porque si no le pusiste al certificado contraseña es mejor importarlo desde el Explorer.
      Mira también el tema de las mayúsculas por si recuerdas más o menos que pusiste, ya que la contraseña diferencia entre mayúsculas y minúsculas.
      Y si el certificado es a nivel personal pues sólo es acercarte sacarlo de nuevo y en unas horas lo tienes. Si es a nivel de empresa ya sabes que es más complicado.

      Saludos,

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  2. Muchas gracias Raul por tu respuesta.
    Lo puedo tramitar todo telematicamente verdad?

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    1. Sí con el certificado digital de Hacienda puedes tramitar la baja. En principio para societarios me han comentado que ya estaba disponible. Como ves el motivo de esto post es informar, debido a las consultas que estamos teniendo, que servicios antes no disponibles en seguridad social ahora son disponibles vía telemática y más posibilidades que van a venir en los próximos meses.

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  3. Que día como máximo debo de realizar la baja de autonomo para que no me llegue el recibo de junio?
    gracias y saludos,

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    1. Hasta ahora, por experiencia de mi trabajo, si rellenas en la fecha de baja del TA521 el último día de mes, y lo presentas en papel de forma presencial a partir del día 10 del mes siguiente puedes tener problemas para que te la tramiten la baja, ya que las órdenes de domiciliación de los recibos ya han sido emitidas. De hecho a nivel personal ya advierto de las consecuencias de esos retrasos.

      Yo siempre recomiendo presentar 036 de baja a último día del mes y como máximo a los dos días hábiles siguientes al final de mes presentar baja en seguridad social si no quieres acabar con escritos por ingresos indebidos.

      Saludos,

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  4. Hola Raul,
    Hoy tenia hora en la seguridad y he llegado 3 minutos tarde me he encontrado la puerta cerrada... un desastre!!! El próxima día 3 de junio (martes por la tarde) es cuando puedo volver a la oficina de la seguridad social para que me den el número para realizar la descarga del certificado. Si no me equivoco tarda unas 24 horas, y el día 4 será cuando pueda realizar finalmente la baja de actividad de la empresa (dejarla inactiva) y la baja de autonomo. Estoy dentro del plazo para no pagar la cuota de junio? me suena que son los 6 primeros días?
    gracias y saludos,

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    1. Leo que quieres pedir el certificado digital. En principio en cualquier oficina de registro te lo dan, no es necesario ir expresamente a la seguridad social a por él.
      Tarda 24h en poder descargase en tu ordenador una vez has pasado por la oficina de registro. Pero también puedes presentar el 036 en papel en Hacienda e ir avanzando, donde no se necesita cita previa y como es un TA521/5 de baja de societario lo podrías ya rellenar y presentar en papel el mismo martes en Seguridad Social.
      Sobre los 6 días, aquí ya dependes de la gracia del funcionario. En varias provincias sólo dejan presentarlo de forma telemática pero puedes probar a ver si te lo aceptan porque hay provincias donde ya dicen que todo telemático y otras aún no,
      Saludos,

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  5. Quiero pedir el certificado digital para realizar la baja de autonomo por internet. El martes tengo cita previa para descargar el certificado y en un plazo de 24 horas como indicas tendre el certificado disponible en mi ordenador. Sería el dia 4 cuando realice la baja de autonomo.
    La baja del 036 la realizaré telematicamente también, la tengo que realizar el mismo dia en que realice la baja de autonomo?
    Perfecto, gracias por todo Raul.
    Me guardo tu página en mi buscador!
    saludos,

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    1. Hola el martes tienes cita, el miércoles ya lo tienes descargado y podrás firmar el 036 de baja en Hacienda y tarda 24h hasta el jueves para poder firmar en Seguridad social la baja de Autónomo.
      Lo que te decía es que si el 036 lo presentas en papel antes del miércoles en Hacienda, el mismo miércoles ya aparecerás en los datos de la Seguridad Social y podrás realizar la baja de autónomo. Cuenta que cada paso en cada administración requiere 24h. Yo iría con una copia en papel de la baja de autónomo a Seguridad Social por si te lo aceptan y aceleras el proceso.
      Además para pedir el certificado digital no es necesario ir a la Seguridad Social -donde son muy lentos- ya que además en cualquier delegación del Gobierno y en Hacienda te lo tramitan con más agilidad sin cita.

      Saludos,

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  6. Hola Raul,
    Pero vi en un post tuyo los pasos para pedir el certificado de persona física, y vi que se podia solicitar cita previa en una oficina de mi localidad, por cercania y horarios lo he hecho así. Para la próxima vez ya lo sabre, de todo se aprende.
    Entonces el martes tengo cita previa para poder descargarme el certificado de persona física, el de Hacienda lo tengo desde que empezamos con la actividad, ya que como bien sabrás es obligatorio.
    El miércoles, realizaré la baja de la actividad (modelo 036) y seguidamente realizaré la baja de autonomo con el certificado que ya estará disponible.
    Y lo que me comentas tu, es que cuando vaya a la seguridad social les solicite la baja de autonomo, pero me pediran la baja de actividad no? en este caso, puedo realizar la baja de actividad el lunes y el martes ir a la seguridad social a realizar la baja de autonomo, y en casa de que no me lo aceptarán, realizar la baja de autonomo el miercoles (una vez descargado el certificado de persona fisica) habiendo hecho la baja de actividad el lunes. Esto sería correcto? es necesario hacer el mismo dia la baja de actividad y autonomo?
    Lo que me preocupa es si tendré que pagar cuota de junio?
    Gracias por tu atencion.
    Saludos,



    Muchas gracias por tu atencion.

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    1. Hola en la Seguridad Social siempre te lo darán pero es eso si tienes prisa es probar ir a varios sitios. En la página de solicitar el certificado hay un buscador y es eso ir a varios a ver en cuál te atienden antes.Yo por experiencia en las oficinas de Hacienda y del Gobierno son muy rápidos.
      Pues si tienes el certificado de empresa ya puedes presentar el 036 de baja de actividad a 31/05/2014 y ya tienes una cosa hecha y no tendrás que volver de nuevo o esperar un día más hasta que el 036 aparezca en los datos de la Seguridad Social.
      Para la baja de autónomo es necesario el 036. Si el TA521/5 lo presentas en papel, con el 036 físico sellado ya te vale. Si lo presentas telemáticamente tendrás que esperar un día para que aparezca.
      Cuando vayas a Seguridad Social pues intenta que te cojan el TA521-5 en papel -ya que el 036 ya lo tendrás presentado- si no pues que te den el certificado y al día siguiente firmas la baja y así ahorras un día y no creo que te llegue ya el recibo.
      Saludos,

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  7. Hola Raul,
    Voy a realizar la baja de la actividad y el martes intentaré presentar el TA521/5 en papel (llevando la baja modelo 036 imprimida), si no me lo aceptan realizaré la baja de autonomo el miercoles cuando este disponible.
    Si me viene el recibo de autonomo, tendré derecho a reclamarlo? estoy dentro de plazo???

    Por otro lado, el 25 de julio hay que presentar el impuesto de sociedades. La empresa la constituimos el pasado 27 de marzo de 2013, estamos obligados a realizar el impuesto?
    Como se calcula? y como se rellena el impreso?
    Los asientos contables como son?
    Gracias


    Gracias

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    1. Hola, tendrías derecho, pero con la Seguridad Social el tema de los escritos por ingresos indebidos en algunos sitios es muy lento.
      Sobre el IS No sólo el 25 de julio del 2014 sino también tendrás obligación el 25 de julio del 2015 y 6 meses después de la fecha de liquidación.
      Hay un programa de ayuda similar al de la Renta que se cuelga a principios de julio. Permite calcular el impuesto y rellenar el estado de cambios en el patrimonio neto. El estado de flujos de efectivo no lo incluye porque no todas las empresas lo han de presentar, sólo es a efectos de la memoria de las cuentas anuales de algunas.
      El proceso es un poco complejo y el asiento depende del resultado y de los ajustes fiscales que se hayan realizado al resultado contable. El tipo impositivo también depende el tipo de sociedad y del resultado del ejercicio y de si se puede beneficar del tipo reducido. Para calcular el impuesto es coger la cuenta de pérdidas y ganancias y del balance de situación y a partir de la cuenta de pérdidas y ganancias tener el resultado contable y hacer los ajustes hasta llegar al impuesto a pagar restando los pagos a cuenta.
      Tendréis que mirar con el que os lleva la contabilidad porqué él es el que tendrá la información de todos los movimientos en contabilidad y de si hay algún beneficio fiscal al que se podría acceder.
      Saludos,

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  8. Hola Raul,
    La que lleva la contabilidad soy yo en la empresa, y nunca he realizado el impuesto de sociedades.

    Por otro lado, ya tengo descargado el certificado digital, he intentado realizar la baja de autonomo, he rellenado el numero de IAE, la fecha del cese (es decir fecha del modelo 036 empresa inactiva) y la provincia. Y me dice que tengo que realizar la baja en el RETA por otro medio.

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    1. El IS en principio si hablamos de una Pyme no es complicado. Lo único que hay que hacer es cerrar la contabilidad a 31/12 y preparar el asiento que normalmente será del 25 % del beneficio. La cuenta es 630 a 4752 Si hay pérdidas pues no se paga y hay que reconocer el crédito fiscal haciendo por ejemplo 4745 a 630.1 Pero es eso es un mundillo según la dimensión de la empresa. Lo importante es partir del resultado a 31/12 y hacer el asiento. A 30/06 del año siguiente pues se lleva a reservas el beneficio o se reparte si la reserva legal está constituída.

      Lo de la baja. Yo optaría mañana por presentar el ta521/5 en papel ya que tienes el 036 ya presentado en fecha. El tema está en que desde la Seg Soc nos dicen ya pronto no se aceptará nada en papel -en Barcelona ni siquiera ya recogen los TA en papel- pero como ves algunas opciones no están implentadas y además está misma semana tuvimos problemas con el tema de las altas con pluriactividad. Intenta mañana presentar la baja en papel y llévate con el 036 las escrituras por lo que te pidan.

      Saludos,

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